jueves, 21 de octubre de 2010

Monopolios, Kirchner y la Corte: mentiras repetidas mil veces.

por Román Reynoso.

¿Cómo combaten a las corporaciones?

Los Kirchner emiten cuestionables mensajes cuando hablan de monopolios. Dicen que los combaten. Veamos.
Durante sus gobiernos fueron aprobadas casi 600 fusiones violando la Ley 25.156 de Defensa de la Competencia. La mayoría han generado concentraciones monopólicas antes inexistentes en Argentina.
Hace 10 años, las 200 primeras empresas concentraban el 24% del P. B. I (producto bruto interno). Hoy las 200 empresas fusionadas tienen el 54% del producto bruto interno.
Aprobaron concentraciones vinculadas con nuestros principales productos exportables y de consumo interno, que han quedado en pocas empresas, la mayoría extranjeras.
Friboi con Swift (carnes); Bimbo con Fargo (pan industrial); Quinsa-Quilmes-AmBev (bebidas); Cencosud con Royal Ahold (supermercados); Bayer y Aventis (químicos); Pecom y Alto Paraná (petroquímica); Telefónica y Movicom Bell South (teléfonos); Sancor y Dairy Parners; Citigroup y Metlife (seguros); M & S con Petrobras (petróleo, ambas de Cristóbal López); etc., etc.
Convalidaron la fusión de Cablevisión con Multicanal.
Hay grandes concentraciones o monopolios en: cadena alimentaria con Carrefour; Coto y Cencosud (Disco, Jumbo, VEA, Easy, Unicenter); pan industrial (Bimbo); galletas; bebidas (AmBev); lácteos (Danone); exportación de granos y oleaginosas (Cargill y General Deheza); carnes (Friboi); el juego (Cristóbal López); comunicaciones (Telecom y Telefónica); cemento; aluminio; carbonato de sodio (ALPAT, de Cristóbal López); el hierro; tolueno (para fabricación de plásticos); minería (Barrick Gold); etc.

Con la decisión del Gobierno de excluir del mercado a Fibertel (nacional), aumentara la concentración en comunicaciones a favor de Telefónica y Telecom, empresas extranjeras.

Decadencia

El resultado de estas políticas ha generado que, de ser el granero del mundo, hemos dejado de figurar entre los 5 primeros países productores de cereales: maíz, cebada, arroz. Ocupamos el tercer lugar en soja y el cuarto en girasol.
La cantidad de ganado vacuno ha disminuido de 60.000.000 de cabezas a 45.000.000. Se necesitarán 10 años de políticas activas para recuperar el promedio histórico. Se ha contraído el consumo interno en más del 35%.
Más grave aún es que del P. B. I. se distribuía el 52% (década del 50 y 60) en salarios para la gente que trabaja.
Hoy no llega al 24%. Para recuperar el salario, deberían aumentar los ingresos el 100% sin que se incrementaran los precios.
Este dato revela la notable caída del poder adquisitivo de los ingresos a favor de las concentraciones.

La Ley y los Monopolios

Para que haya monopolio (de mono, uno) tiene que existir el control del mercado por una empresa.
Pueden existir dos o más compañías que, por acuerdos entre ellas, fijan precios evitando competencia para lograr mayor rentabilidad.
O barreras de entrada para procurar no ingresen al mercado posibles competidores.
Esas acciones tienden al “abuso de posición dominante”.
En el mundo hay marcas que venden más que otras: Adidas, Nike, Coca Cola. Nadie las acusa de monopólicas. Ni en China Comunista donde Nike tiene su fábrica más grande.
Las conductas monopólicas están prohibidas por la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia sancionada en octubre de 1999, hace 11 años.
La Ley obliga conformar el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, organismo profesional, no político, autónomo, autárquico, constituido por 7 miembros elegidos por concurso, que duran en su mandato 6 años (más que el presidente, para impedir su politización).
En el 2004 iniciamos acciones de amparo contra el Poder Ejecutivo por no crear el Tribunal, incumpliendo la Ley Nº 25.156.
Obtuvimos 21 sentencias favorables del Juez de Primera Instancia y la Cámara Federal, más 4 fallos sobre pedidos de “per saltum” y cautelares definitivos de la Corte Suprema ajustados a derecho (Expediente Nº 77.334).
El fallo definitivo sobre el fondo de la acción la Corte Suprema lo emitió el 3 de julio del 2007 en Expediente C. S. B.578.XLI.
Declaro inoficioso expedirse en la causa “en atención a lo decidido por la Cámara Federal de Apelaciones”, “en razón que las sentencias de la Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario.” (Según voto Ministro Carmen Argibay). Resolvió devolver el expediente al inferior y ordeno el archivo del mismo.

Hoy los Kirchner cuestionan a la Corte. Veamos este caso.

Sorprendentemente, 9 meses después, el 16 de abril del 2008, a solicitud de la Procuradora Fiscal Adjunta respondiendo a un pedido del Ejecutivo y CENCOOSUD, la Corte Suprema con menos Ministros que en la decisión anterior, reabrió la causa cuyo archivo había ordenado, y mediante un fallo inconstitucional, arbitrario, violatorio de la ley, contra su unánime jurisprudencia, preclusorio, contradictorio, sin tratar lo planteado en la acción ni la prueba ofrecida, el Máximo Tribunal revoca las sentencias anteriores en la misma causa, con las mismas personas y objeto. Expediente C.S. B.1626.LXLII.
Como hecho único en la historia judicial del mundo resalto que fueron condenados en costas quienes solicitaron el cumplimiento de la Constitución y la Ley. Inaudito.
Resalto que no votaron ese insólito fallo los ministros Argibay, Fayt y Zaffaroni.
El demandado Poder Ejecutivo fue acompañado en el juicio por CENCOSUD (cadena de supermercados chilena), cuyo propietario HORST PAULLMAN, le compró a Néstor Kirchner las famosas tierras de Calafate que había adquirido al municipio a $ 7 el m2. Se las vendió a Paullman por más de U$S. 2.000.000.
Por si fuera poco, Kirchner le acordó a Horst Paullman la Orden de Mayo, máxima distinción a un extranjero, aunque no sabemos por qué servicio prestado a la Nación Argentina.
El Ejecutivo y la Corte apoyaron la no aplicación estricta de la Ley de Defensa de la Competencia que tiende a evitar acciones monopólicas y lograr mercados abiertos para beneficiar a usuarios y consumidores.
La Cámara Federal de Apelaciones Penal en el caso “Telecom” sostuvo que la Ley Nro. 25.156 Antimonopolio resulta inaplicable por no estar constituido el Tribunal de Defensa de la Competencia como ordena la norma y tal como lo habíamos solicitado.

Ahora, ambos fallos definitivos son absolutamente diferentes y contradictorios.
Esto se llama inseguridad jurídica.

No se cumplió con el mandato del Artículo 42º de la Constitución.
Nunca se aplicó la ley Nº 25.156 antimonopolio, como ordena la norma, porque el Tribunal no ha sido creado.
Un secretario de estado, funcionario político, decide sobre fusiones, concentraciones, precios, abuso de posición dominante, facultades que por ley, le están prohibidas.

¿Quién es? Guillermo Moreno

Por violaciones a derechos Constitucionales y Tratados Internacionales, en julio del 2008 denuncié esas conductas ante la Comisión Inter Americana de Derechos Humanos.
El ex secretario de Defensa de la Competencia, José Sbatella fue obligado a renunciar por denunciar que se cajoneaban expedientes. Acreditó “claros casos de negligencia en los que no se actuó, o se actuó contra los intereses de la sociedad.”
Encuentran monopolios donde no hay. Donde existen los apoyan o miran para otro lado, sobre todo si son amigos.
Como en Santa Cruz, parece que pretenden dominar el país.
No aplican las resoluciones de la Justicia cuando no las comparten, como en el caso de los jubilados (Badaro); del procurador Sosa; o la extradición de Apablaza.
La historia no es la misma. Los personajes cambian. Pero algunas frases perduran en el tiempo.
En materia de monopolios y del Indec, “Miente, miente que algo quedará” y “una mentira repetida mil veces es una verdad”, parecieran hechas para ellos.

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